-
Segundo abono del impuesto estimado
-
Tercer abono del impuesto estimado
-
Tasa única anual — sociedades inscritas de julio a diciembre
Se paga aunque la sociedad no haya operado en todo el año. Es la obligación que más recargos genera en Panamá.
-
Declaración jurada de renta — personas naturales
Se presenta por e-Tax 2.0. La prórroga se solicita antes del vencimiento, nunca después.
-
Declaración jurada de renta — personas jurídicas
Junto con la declaración estimada del año en curso, que es la que define los tres abonos siguientes.
-
Primer abono del impuesto estimado
-
Tasa única anual — sociedades inscritas de enero a junio
Fechas de la DGI para una empresa pequeña. Una fecha que cae en fin de semana o feriado se corre al siguiente día hábil, y una empresa con período fiscal especial tiene su propio calendario. El ITBMS y la planilla de la Caja de Seguro Social vencen todos los meses y también los presentamos.